Tribunal Electoral del Poder Judicial retiene indebidamente resultados de la Elección Judicial
Alerta: el Tribunal Electoral del Poder Judicial retiene indebidamente impugnación de la Elección Judicial.
10 de julio del 2025
Poder Ciudadano y otras organizaciones exigimos transparencia y justicia.
Enseguida el comunicado completo...
LA SALA SUPERIOR DEL TEPJF RETIENE INDEBIDAMENTE UN EXPEDIENTE QUE CUESTIONA LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN
El 19 de junio de 2025, diversas organizaciones de la sociedad civil presentamos un juicio de inconformidad para impugnar los acuerdos INE/CG567/2025 e INE/CG568/2025, mediante los cuales se confirmaron los resultados de la elección extraordinaria de Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El juicio fue promovido ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en estricto apego a la ley. Conforme a la Constitución y a los artículos 50 y 53 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), el INE tenía la obligación de remitir el expediente directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, única autoridad facultada para resolver este tipo de controversias.
Sin embargo, y sin justificación alguna, el INE turnó el expediente a la Sala Superior del TEPJF, la cual acordó su recepción y lo asignó indebidamente a la ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera. Esto contraviene lo dispuesto por la Constitución y la LGSMIME, que son claros en señalar que los resultados de la elección de integrantes de la Sala Superior sólo pueden ser revisados por la SCJN.
A más de nueve días de haber recibido el expediente, la Sala Superior del TEPJF continúa reteniéndolo sin razón válida, impidiendo su envío inmediato a la Corte. Esta actuación constituye una violación grave al derecho de acceso a la justicia, al debido proceso, y a los principios de legalidad y seguridad jurídica consagrados en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución.
Exigimos a la Sala Superior del TEPJF que remita de forma inmediata el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, única autoridad competente para conocer del juicio de inconformidad. La dilación injustificada vulnera el marco normativo electoral y atenta contra la integridad del sistema democrático.
Este caso es una muestra más del patrón de regresión institucional que ha caracterizado a la actual integración de la Sala Superior del TEPJF: cierre progresivo del acceso a la justicia electoral, debilitamiento de las garantías jurisdiccionales mínimas y desprotección de los derechos colectivos que busca defender la ciudadanía.
PODER CIUDADANO
CONSEJO NACIONAL DE LITIGIO ESTRATÉGICO, A.C.
DEFENSORES
PROYECTO JUSTICIA COMÚN, A.C.
LABORATORIO ELECTORAL
RODRIGO ESCOBAR GARDUÑO ELECTORALISTA
PRÁCTICA: LABORATORIO PARA LA DEMOCRACIA
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